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policía nacional · tema 43 de 45

Tema 43. El vehículo prioritario

Texto oficial del tema

El vehículo prioritario. Definición de vehículo prioritario. Facultades de los conductores de vehículos prioritarios. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios. La conducción de vehículos en situación de emergencia. Utilización de las señales de emergencia.

Fuente: Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de la Policía (anexo I)

10 preguntas de ejemplo

Preguntas propias sobre este tema, con su respuesta, su explicación y la fuente. En la app hay 26 de este tema y el test del día las mezcla con el resto.

pregunta 1

Según el artículo 67.1 del Reglamento General de Circulación, ¿qué vehículos tienen prioridad de paso sobre los demás vehículos y usuarios de la vía?

  1. Los de servicios de urgencia, públicos o privados, en servicio de tal carácter
  2. Todos los vehículos oficiales de las Administraciones públicas en servicio
  3. Solo los de servicios de urgencia públicos, cuando presten servicio urgente
  4. Los de servicios de urgencia públicos, estén o no en servicio de urgencia
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A. Los de servicios de urgencia, públicos o privados, en servicio de tal carácter

El art. 67.1 da prioridad de paso a los vehículos de servicios de urgencia, sean públicos o privados, pero solo cuando se hallen en servicio de tal carácter.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 67

pregunta 2

Según el artículo 67.2 del Reglamento General de Circulación, los conductores de vehículos de servicios de urgencia harán uso ponderado de su régimen especial:

  1. Siempre que circulen dentro de su horario de servicio
  2. Únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente
  3. Cuando lo autorice en cada caso un agente de tráfico
  4. Siempre que lleven encendida la señal luminosa
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B. Únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente

El art. 67.2 limita el uso del régimen especial a cuando circulen en prestación de un servicio urgente, y aun entonces de forma ponderada.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 67

pregunta 3

Según el artículo 68.1 del Reglamento General de Circulación, ¿qué deben cumplir siempre los conductores de vehículos prioritarios?

  1. Los límites genéricos de velocidad
  2. Las órdenes y señales de los agentes
  3. Las marcas viales longitudinales continuas
  4. Las indicaciones de los semáforos
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B. Las órdenes y señales de los agentes

El art. 68.1 permite a los prioritarios dejar de cumplir las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 68

pregunta 4

Según el artículo 68.1 del Reglamento General de Circulación, el conductor de un vehículo prioritario que deja de cumplir las normas de circulación lo hace:

  1. Bajo responsabilidad compartida con el titular de la vía
  2. Bajo su exclusiva responsabilidad
  3. Bajo la responsabilidad del mando que ordenó el servicio
  4. Bajo la responsabilidad de la Administración titular del vehículo
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B. Bajo su exclusiva responsabilidad

El art. 68.1 dice que pueden dejar de cumplir esas normas bajo su exclusiva responsabilidad y tras cerciorarse de que no ponen en peligro a ningún usuario.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 68

pregunta 5

Según el artículo 68.2 del Reglamento General de Circulación, ¿los vehículos de cuál de estos servicios NO figuran entre los que pueden tener carácter de prioritarios?

  1. Los de protección civil y salvamento
  2. Los de extinción de incendios
  3. Los de asistencia mecánica en carretera
  4. Los de asistencia sanitaria privada
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C. Los de asistencia mecánica en carretera

El art. 68.2 enumera policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria, pública o privada. La asistencia mecánica no está en la lista.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 68

pregunta 6

Según el artículo 68.2 del Reglamento General de Circulación, la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales de los vehículos prioritarios están previstos en:

  1. El Catálogo oficial de señales de la circulación
  2. El anexo XI del Reglamento General de Vehículos
  3. El anexo I del Reglamento General de Circulación
  4. El anexo II del Reglamento General de Conductores
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B. El anexo XI del Reglamento General de Vehículos

El art. 68.2 remite a la señal luminosa y al aparato acústico previstos en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 68

pregunta 7

Según el artículo 69 del Reglamento General de Circulación, al percibir las señales especiales de un vehículo prioritario, los demás conductores le facilitarán el paso:

  1. Manteniendo su trayectoria y velocidad para no desconcertarlo
  2. Apartándose normalmente a su izquierda o acelerando si es preciso
  3. Apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si es preciso
  4. Deteniéndose siempre de inmediato en el carril que ocupen
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C. Apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si es preciso

El art. 69 manda adoptar las medidas adecuadas para facilitar el paso, apartándose normalmente a la derecha o deteniéndose si fuera preciso.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 69

pregunta 8

Según el artículo 69 del Reglamento General de Circulación, el conductor detenido por un vehículo de policía ajustará su comportamiento a las instrucciones que el agente le dé:

  1. Solo por escrito, en el boletín de denuncia
  2. Solo de forma verbal y en persona, junto a la ventanilla
  3. Solo mediante las señales manuales del anexo I
  4. Por megafonía o por cualquier otro medio que perciba con claridad
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D. Por megafonía o por cualquier otro medio que perciba con claridad

El art. 69 dice que el conductor se ajustará a las instrucciones que imparta el agente a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda percibir claramente.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 69

pregunta 9

Según el artículo 70.1 del Reglamento General de Circulación, ¿cómo advierte su especial situación el conductor de un vehículo no prioritario que circula en servicio de urgencia?

  1. Avisador acústico continuo y luces de largo alcance fijas
  2. Solo con las luces de posición y de cruce encendidas
  3. Con un rotativo portátil amarillo y la luz de emergencia
  4. Avisador acústico intermitente y luz de emergencia o un pañuelo
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D. Avisador acústico intermitente y luz de emergencia o un pañuelo

El art. 70.1 indica el avisador acústico en forma intermitente y la luz de emergencia, si la tiene, o agitar un pañuelo o procedimiento similar.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 70

pregunta 10

Según el artículo 110.2 del Reglamento General de Circulación, ¿en cuál de estos casos NO puede hacer advertencias acústicas el conductor de un vehículo no prioritario?

  1. Para advertir, fuera de poblado, que va a adelantar
  2. Para evitar un posible accidente
  3. Para advertir su presencia en la situación del art. 70
  4. Para advertir, en poblado, que va a adelantar
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D. Para advertir, en poblado, que va a adelantar

El art. 110.2 solo admite las advertencias acústicas para evitar un accidente, para avisar fuera de poblado del adelantamiento y para la situación de emergencia del art. 70.

Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) · art. 110

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