El reconocimiento médico de Policía Nacional y de Guardia Civil es una prueba de apto o no apto en la que se comprueba que no tienes ninguna causa del cuadro médico de exclusiones. Los dos cuadros miran la vista, el peso (IMC), la tensión arterial, el oído y las enfermedades de cada aparato, e incluyen análisis de sangre y orina para detectar drogas. Las cifras no son iguales: la vista, por ejemplo, se mide de forma distinta en cada cuerpo.
El de Policía Nacional está en el Real Decreto 326/2021, reproducido en el anexo IV de la convocatoria de 2026. El de Guardia Civil, en el anexo I de la Orden PCI/155/2019, al que remite la base 6.1.3.c) de su convocatoria de 2026. Aquí resumimos lo que más preguntan los opositores. Este artículo no sustituye al cuadro ni a la opinión de un médico: si tienes dudas sobre tu caso, léete el texto completo y consúltalo.
Las cifras que más se miran
| Policía Nacional (RD 326/2021) | Guardia Civil (Orden PCI/155/2019) | |
|---|---|---|
| Estatura | No se exige (la suprimió el RD 853/2022) | «Talla: sin límite» (A.1) |
| IMC | Entre 18 y 28 (B.1.2) | Entre 17 y 30 (A.2) |
| Tensión arterial | Eliminatoria desde 140 de sistólica y/o 90 de diastólica (B.1.3) | No sobrepasar en reposo 140 de sistólica y 90 de diastólica (H.1) |
| Vista | 0,6 en cada ojo sin corrección (I.18) | Más de 0,7 en ambos ojos con o sin corrección (J.18) |
| Graduación | No fija máximos de dioptrías como tales | Miopía −3, hipermetropía +3, astigmatismo ±2 dioptrías (J.19) |
| Oído | Pérdidas sin corrección de más de 35 dB entre 500 y 3.000 Hz y de 45 dB desde 4.000 Hz (J.10) | Pérdida unilateral de más del 25 % o bilateral de más del 18 % (K.3) |
| Drogas | Su consumo o detección analítica excluye (D.2.2) | Igual, incluido el alcohol y la medicación que reduzca la capacidad de reacción (A.3.11) |
Entre paréntesis va el apartado de cada cuadro, para que lo busques en el BOE.
El IMC, con un ejemplo
El IMC es el peso en kilos dividido por la estatura en metros al cuadrado. Con 1,75 m, un IMC de 28 son unos 85,8 kg y uno de 30, unos 91,9 kg. Los dos cuadros aceptan un IMC por encima del límite si se debe claramente a masa muscular y no a grasa, y no hay patología ni factores de riesgo añadidos. Si haces mucha fuerza, ten en cuenta que esa valoración la hace el médico ese día.
La vista, con calma
Es la diferencia que más sorprende:
- En Policía Nacional, el 0,6 en cada ojo se mide sin gafas ni lentillas.
- En Guardia Civil, la agudeza puede alcanzarse con o sin corrección, pero la graduación tiene topes: −3 de miopía, +3 de hipermetropía y ±2 de astigmatismo.
¿Y la cirugía refractiva? En Policía Nacional el apartado que la regulaba (I.10) lo anuló entero el Tribunal Supremo, igual que parte del I.2 (cirugía intraocular), así que no lo tengas en cuenta. En Guardia Civil el cuadro de la vista tiene más apartados (J.9 sobre la córnea, J.15 sobre el glaucoma…): si te has operado o tienes alguna de esas patologías, léelos en el texto consolidado.
La tensión y la «bata blanca»
El cuadro de Policía Nacional prevé repetir la toma si hace falta, para descartar en lo posible el componente emocional («bata blanca»). El de Guardia Civil dice que se valora sin medicación y, si hace falta, se repite en ayunas y tras reposo. Si sueles dar alto por nervios, acostúmbrate a que te la tomen y duerme bien la noche antes.
Cómo es el día
Policía Nacional
- Es la parte a) de la tercera prueba y se celebra en Madrid, salvo que el tribunal fije otras sedes.
- Te aplican las técnicas médicas que estimen oportunas, incluida la analítica de saliva, sangre y orina para detectar drogas, y pueden pedirte informes médicos.
- Negarte al reconocimiento te excluye, previa audiencia.
- Solo pueden declararte no apto si la causa tiene intensidad suficiente para el trabajo de policía, y tienen que motivarlo.
- Si ya en la Escuela o en prácticas aparece una causa del cuadro, te examina un tribunal de tres médicos y pueden separarte (base 2.2).
Guardia Civil
- Tienes que ir en ayunas y con retención de orina.
- Rellenas un cuestionario de salud y te hacen las exploraciones necesarias, con analítica de sangre y orina.
- Solo valen las analíticas y pruebas hechas en ese reconocimiento (base 8.3.1): no sirve llevar las tuyas para sustituirlas.
- Cada exclusión se motiva de forma individual con informe técnico del servicio médico.
Si te declaran no apto
- Guardia Civil: la calificación puede ser apto, no apto o no apto circunstancial. El circunstancial lleva a un nuevo reconocimiento ante la Junta Médica de Revisión. Si eres no apto, puedes pedir la revisión en 3 días hábiles desde que se publican los resultados (base 8.3.3). Apúntate la fecha: es un plazo muy corto.
- Policía Nacional: el no apto tiene que motivarse. En la revisión, el órgano médico puede mirar cualquier apartado del cuadro y lo que cuenta son las exploraciones de ese día (apartado A.4).
Qué hacer antes (consejos nuestros)
Lo siguiente no sale de las bases: es lo que haríamos nosotros antes de dedicar un año a estudiar.
- Léete el cuadro completo al principio, no al final. Son 134 apartados en Policía Nacional y 191 en Guardia Civil, pero en una tarde los repasas.
- Hazte una revisión por tu cuenta: vista con y sin corrección, graduación, tensión, audiometría y analítica. Un médico de familia o un centro de reconocimiento te lo resuelve.
- Si algo no encaja, consúltalo cuanto antes con un especialista. Hay causas que se tratan o se corrigen con tiempo, y otras que conviene saber antes de elegir oposición. Ten en cuenta que los cuadros son distintos: lo que excluye en una puede no excluir en la otra.
- Cuida el peso y la tensión como parte del plan físico. Si estás cerca del límite del IMC, trabájalo meses antes, no la semana antes.
- Ojo con la medicación: si tomas algo con receta, lleva el informe. El cuadro de Guardia Civil incluye la medicación que pueda reducir la capacidad de reacción.
- Nada de drogas, tampoco «de vez en cuando». Su detección en la analítica es causa de exclusión en los dos cuadros.
No confundas el reconocimiento con el certificado médico
Antes de las pruebas físicas las dos oposiciones piden un certificado médico que diga que puedes hacerlas. Es otra cosa: lo firma tu médico y solo acredita que puedes hacer ejercicio. El reconocimiento médico lo hacen los médicos del proceso y aplica todo el cuadro de exclusiones. Lo contamos en las pruebas físicas de Policía Nacional y de Guardia Civil.
Preguntas frecuentes
¿Hay estatura mínima?
No en ninguna de las dos. En Policía Nacional la suprimió el Real Decreto 853/2022 y en Guardia Civil el cuadro dice «talla: sin límite». Lo tienes en requisitos de Policía Nacional y Guardia Civil.
¿Puedo presentarme con gafas o lentillas?
En Guardia Civil la agudeza vale con o sin corrección, dentro de los topes de graduación. En Policía Nacional la agudeza mínima se mide sin corrección.
¿Y los tatuajes?
No son parte del cuadro médico de Guardia Civil, sino de sus requisitos de imagen. En Policía Nacional, el cuadro solo habla de enfermedades de la piel que interfieran con el trabajo o el uniforme (C.1).
¿Qué pasa si tengo ansiedad o he ido al psicólogo?
Los dos cuadros incluyen los trastornos de ansiedad (D.2.5 en Policía Nacional y D.6 en Guardia Civil). En Policía Nacional, el texto habla de los que menoscaben la capacidad para las funciones policiales. Haber ido al psicólogo no es, por sí solo, una causa de exclusión. Si es tu caso, consúltalo con un profesional y lleva los informes.
¿Cuándo es el reconocimiento?
En Policía Nacional, en la tercera prueba, con la entrevista. En Guardia Civil, después del corte de nota. Tienes la entrevista personal explicada aquí y el proceso completo en Policía Nacional y Guardia Civil.